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Clasificación del Grupo en NIIF

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Grupo uno en NIIF:
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  1. Son empresas de gran tamaño que cotizan en la bolsa de valores o, dicho de otra forma, que son emisoras de valores. Esto significa que cuentan con altos volúmenes de financiación y que se están expandiendo continuamente porque venden acciones al público. En Colombia, por ejemplo, algunas de las empresas que cotizan en la bolsa son Almacenes Éxito S.A, Cementos Argos S.A y Davivienda S.A.

  2. El otro gran conjunto de organizaciones que pertenecen al grupo uno es el de las empresas de interés público, es decir, aquellos entes económicos que, según el decreto 4946 de 2011, captan, manejan o administran recursos del público con permisión previa de la autoridad estatal competente; como por ejemplo, las compañías de servicios públicos.

  3. En el grupo uno, también participan las entidades que a pesar de no ser emisoras de valores o de interés público, cuentan con activos totales iguales o superiores a los 30000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), que tienen una planta de personal mayor a los 200 trabajadores y que tienen además alguna de las siguientes características:

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  • Ser subordinada o sucursal de una entidad extranjera que aplique las NIIF.

  • Ser subordinada o la matriz de una empresa nacional que aplique las NIIF.

  • Hacer pagos en el exterior a razón de importaciones, o recibir ingresos del exterior a razón de exportaciones, que representen más de la mitad de las compras del año anterior a la actividad en cuestión.

  • Ser matriz, empresa asociada o negocio conjunto de una o más compañías extranjeras que aplican las NIIF.

 

De acuerdo con el decreto 2784 de 2012, el grupo número uno debe aplicar las denominadas “NIIF plenas”, ya que el tipo de transacciones que se generan periódicamente por estas empresas es muy complejo y demanda un alto nivel de rigurosidad en la manera como se maneja la información financiera.

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De modo que los usuarios interesados puedan actualizarse adecuadamente para tomar las decisiones que consideren apropiadas, pues recordemos que estas empresas suelen estar compuestas por varios socios u accionistas, quienes financian a las compañías y deben conocer los riesgos a los que se enfrentan sus inversiones.

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Grupo dos en NIIF:

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  1. Aunque parezca obvio, pero no lo es, las empresas del grupo dos en NIIF son aquellas que, en primer lugar, no cumplen con las características anteriormente descritas, no cotizan en la bolsa y no son de interés público.

  2. Pertenecen las empresas que tienen activos totales de entre 500 y 30000 SMMLV o cuentan con una nómina de personal de entre 11 y 200 trabajadores.

  3. También pertenecen al grupo número dos las microempresas que tienen activos totales de 500 SMMLV, excluyendo la vivienda; o que cuentan con una planta de personal de máximo 10 trabajadores. En ambos casos con ingresos brutos anuales iguales o superiores a los 6000 SMMLV.

 

En este punto, es importante señalar que si una empresa tiene una planta de personal como la indicada pero los activos totales son diferentes a los anteriormente descritos para el grupo número dos, la característica que determina su pertenencia es la del valor de los activos.

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Este conjunto de empresas es conocido también como las Pyme, que conforman el 99 % del total de la industria en Colombia y para quienes se creó una versión simplificada de las NIIF plenas, denominadas NIIF para Pymes, de acuerdo con el Decreto 3022 de 2013.

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Esto con el objetivo de corresponder a la capacidad logística de las medianas y pequeñas empresas en nuestro país, utilizando un lenguaje más sencillo que las permitiera masificar la información y, al mismo tiempo, incentivando el crecimiento de las mismas al utilizar estándares de calidad internacional superiores.

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Grupo tres en NIIF:
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  1. A este grupo corresponden las personas naturales o jurídicas que no son minoristas, que no pertenecen al régimen simplificado en el impuesto a las ventas, que tienen ingresos brutos totales de máximo 3500 SMMLV y que no son usuarios aduaneros, entre otras condiciones explicadas en artículo 499 del estatuto tributario.

  2. Así mismo, se consideran a las compañías del grupo número tres a las microempresas que, sin contar con la vivienda, tienen activos totales de 500 SMMLV, que cuentan con una planta de trabajadores de máximo 10 personas y que, al mismo tiempo, no cumplen con los requerimientos para pertenecer al grupo número dos.

 

El grupo número tres es el más particular de todos porque para él no aplican las normas NIIF, sino las NIF, con una sola “i”. Esta reglamentación es un régimen simplificado de contabilidad de causación para las microempresas que las autoriza a emitir estados financieros y revelaciones de manera abreviada.

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Esta directriz está enmarcada en el artículo 1 del decreto 2706 de 2012, en la que se especifica que los usuarios interesados en la información de las microempresas pueden tener una visión de la situación financiera y del desempeño de las mismas sin tener que recurrir a las NIIF plenas o a las NIIF para Pymes, ya que sus recursos no se los permitirían.

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